Preservan gasoil para la actividad agrícola

 
 
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  Buenos Aires (Télam)> La Secretaría de Energía de la Nación dispuso la semana pasada que la compensación de volúmenes de gas oil que realizan las empresas del sector debe concordar con los períodos de mayor actividad agrícola.
La medida está contenida en la resolución 715/07 firmada por el secretario Daniel Cameron, que facultó a la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización a determinar la fecha.
La norma establece que la obligación de importar un volumen de gasoil similar al del producto exportado deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 1 de mayo de cada año, o en el comprendido entre el 1 de septiembre y el 1 de noviembre de cada año.
En este régimen de compensaciones de combustibles por exportación están comprendidos el gas licuado de petróleo (GLP), naftas, fuel oil y sus mezclas, diesel oil, aerokerosene o jet-fuel, lubricantes, asfaltos, coke y derivados para uso petroquímico.
La empresa que incurra en el incumplimiento de cualquier compromiso de compensación que haya asumido, no podrá realizar ninguna operación de exportación de los productos comprendidos en el régimen establecido, hasta que acredite el cumplimiento de los compromisos de compensación que tenga pendientes.
De esta manera, el Gobienro pretende llevar clama al sector agrícola.
 

 


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