Ejecutivo vs. Deliberante

Continúa la polémica en Zapala

 
  La ordenanza vetada autorizaba a menores a ingresar a los boliches.


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  Para la mayoría de los ediles, sigue vigente la norma que autoriza a permanecer en los locales a los adolescentes de entre 16 y 18 años.

Zapala> Sigue sin resolverse la diferencia desatada hace un mes entre el Ejecutivo municipal y los concejales de esta ciudad, quienes rechazaron la resolución en la que fue vetada la ordenanza que permite la permanencia de menores de entre 16 y 18 años de edad en locales de diversión nocturna, siempre que cuenten con un carnet emitido por la comuna y en el cual debe figurar la autorización expresa de sus padres o tutores.
El veto a la Ordenanza 021/07, emitida en marzo pasado, fue aplicado por el Ejecutivo municipal que encabeza el intendente Raúl Podestá.
Sin embargo, en mayo último, la resolución de veto fue declarada “extemporánea” por 7 de los 9 ediles presentes en una sesión que estuvo presidida por el concejal emepenista Osvaldo Beroísa.
El legislativo también reprobó el veto al comprobar que el mismo no fue rubricado por el jefe comunal, aclarándose que el intendente es el único funcionario facultado para vetar las normas sancionadas por el Concejo.
La norma se puso en práctica a través de una “prueba piloto” que duró un mes y medio, aproximadamente. Pero esto ocurrió antes de la sanción de la ordenanza que terminó avalando el sistema con la emisión de los permisos.
Para la mayoría de los ediles zapalinos la ordenanza sigue en vigencia. Pero es rechazada por los funcionarios del Ejecutivo que refrendaron el veto “resuelto por el intendente”, enfatizaron.

Diferencias
Según se indicó, el Ejecutivo fundamentó su desacuerdo con el contenido de la ordenanza mediante una serie de argumentos jurídicos. Algunos se relacionan con la Patria Potestad compartida que rige en el país.
Además, se informó que la norma en cuestión colisiona con una ley nacional y otra provincial, las cuales prohibirían la permanencia de menores en boliches donde se expenden bebidas alcohólicas.
El Ejecutivo también consultó a una funcionaria judicial que ejerce la aplicación de la Ley Provincial 2302 (de Minoridad).

Reactivada
La polémica ordenanza prevé que “podrán concurrir a discotecas, discos, bailantas, confiterías bailables, pubs y resto bar, los menores entre 16 y 18 años de edad”.
Para ello: “deberán presentar ante el responsable directo de dichos lugares, un carnet extendido por la autoridad de aplicación de esta ordenanza donde figure expresamente la conformidad de los padres o tutores para la permanencia de los mismos en dichos ámbitos”.
La norma también consigna que los padres o tutores que firmen dicha autorización “resultarán responsables de los daños” que eventualmente pudieran causar los menores a su cargo que asistan a esos locales.

 

 


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