Caso Zarza

Rechazan la intervención del TSJ

 
 
Rinaldi fue condenado a 21 años de prisión por “homicidio simple en grado de partícipe necesario con dolo eventual”.
Un fiscal de la Procuraduría de la Nación cuestionó la intrusión de la Justicia neuquina tras el segundo juicio por la muerte de María Alejandra.


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  El funcionario sostiene que el TSJ debió apartarse de resolver un recurso de casación presentado por los abogados defensores de Nicolás Rinaldi.

Neuquén > El Procurador Fiscal ante la Corte Suprema de la Nación, Santiago González Warcalde, rechazó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén en las investigaciones vinculadas con el asesinato de María Alejandra Zarza. Fuentes judiciales aseguraron a La Mañana de Neuquén que la intervención del Fiscal de la Nación no significó abrir juicio alguno sobre la condena recaída contra Nicolás Rinaldi y que solamente se analizó la actuación de algunos integrantes del TSJ al momento de resolver un recurso de casación presentado por la defensa del imputado.
Por el crimen de la mujer, Nicolás Rinaldi fue condenado a la pena de 21 años de prisión.
El Fiscal dictaminó que el TSJ no habría actuado con “imparcialidad objetiva” toda vez que si resolvieron un recurso de casación contra la sentencia absolutoria de la Cámara Criminal Dos, debieron abstenerse de conocer las impugnaciones dirigidas contra la sentencia condenatoria, en este caso, de la Cámara Criminal Uno.
En la concluyente opinión que fue girada a la Corte para resolver la cuestión interpuesta oportunamente por los defensores del incriminado, González Warcalde advierte una clara nulidad en el procedimiento y abona su pensamiento citando reconocidos fallos nacionales internacionales.
Además habría afirmado en el escrito que si el Tribunal Superior de Justicia anuló el primer fallo, es obvio que no corresponde que intervenga en el segundo y que resulta “absolutamente necesario preservar el debido proceso”.
Los argumentos sostenidos por González Warcalde abren un ancho camino para que la Corte -en el caso de compartir la postura del Fiscal- obligue al TSJ neuquino a examinar el recurso de casación que en su momento fuera rechazado por el máximo organismo judicial de Neuquén.

El asesinato de María Alejandra

Según la Justicia, Rinaldi fue el último en ver a María Alejandra, luego de pasarla a buscar por su casa, en Neuquén.

Neuquén > La Cámara Criminal Uno, por mayoría, condenó a Nicolás Rinaldi a la pena de 21 años de prisión por el asesinato de María Alejandra Zarza.
La joven, que trabajaba como empleada administrativa del Poder Judicial de Neuquén, desapareció durante la noche del 19 de febrero de 2002.
La mujer -en aquel entonces tenía 25 años- mantenía una relación sentimental con Rinaldi y se encontraba embarazada de ocho meses. Fue vista por última vez cuando Rinaldi pasó a buscarla por su domicilio ubicado en pleno centro de la ciudad.
El cadáver de Zarza fue encontrado el 26 de febrero en una laguna ubicada a unos 300 metros del puente que une Neuquén con el paraje Balsa Las Perlas.
Los forenses del Gabinete del Poder Judicial determinaron que la joven murió asfixiada por sofocación y se confirmó que el feto de casi ocho meses le fue arrancado de su vientre.

Investigaciones y resoluciones

Neuquén > Tras la muerte de María Alejandra, Nicolás Rinaldi fue procesado con prisión preventiva y permaneció dos años detenido hasta que fue llevado a juicio oral y público. El ex Fiscal de Cámara Ricardo Mendaña pidió 20 años de prisión por considerarlo partícipe del homicidio de la joven María Alejandra Zarza.
El 27 de abril del 2004, la Cámara Criminal Dos, por unanimidad, lo absolvió y dispuso su libertad. Los magistrados Victor Andrade, Emilio Castro y Cecilia Luzuriaga de Valdecantos coincidieron en señalar que Rinaldi fue llevado a juicio como partícipe necesario de homicidio y que su conducta no fue probada.
El Tribunal, en cambió, si demostró que la joven estaba embarazada de casi ocho meses, que a las once de la noche del 19 de febrero de 2002 Rinaldi y Zarza salieron del domicilio de la joven y que el 26 de febrero fue hallado el cadáver de la joven en una laguna de Las Perlas, sin rastros del embarazo.
La sentencia fue cuestionada severamente por el fiscal y la querella, quienes presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia.
El 17 de diciembre, el TSJ consideró los planteos del fiscal y la querella, y anuló el juicio para ordenar la inmediata detención de Rinaldi. También resolvió un nuevo debate.
La Cámara Criminal Uno, para este caso en particular, fue integrada por los magistrados Luis María Fernández y los jueces Civiles Isolina Osti de Esquivel y Luis Emilio Silva Zambrano.
En una votación por mayoría, los magistrados condenaron a Nicolás Rinaldi a la pena de 21 años de prisión por ser culpable del delito de “homicidio simple en grado de partícipe necesario con dolo eventual”.
El juez penal Fernández cuestionó la mayoría de las pruebas aportadas por peritos, médicos y testigos a lo largo del juicio y concluyó su exposición votando por la absolución del imputado. Dijo además que no había indicios claros de la participación de Nicolás Rinaldi en el homicidio de María Alejandra Zarza.
Este segundo fallo contrario a Rinaldi impulsó la presentación de un recurso de casación ante el TSJ, en este caso por sus abogados defensores.

Intervención desafortunada
El requerimiento de los letrados impugnando el fallo fue rechazado por el TSJ. Ante ello, y siempre ante el Tribunal, presentaron un recurso extraordinario que también fue denegado por los magistrados.
Agotada todas las instancias, los abogados presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación, donde se hizo lugar a lo solicitado e inmediatamente se corrió traslado al Procurador General de la Nación para que se pronunciara sobre el fondo de la cuestión.
Fue así que el Fiscal penal ante la Corte, Santiago González Walcarde, dictaminó que si uno o más magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén anularon el primer fallo para “preservar el debido proceso”, no corresponde que intervenga en el segundo juicio.
Si bien el dictamen resulta “importante” para los abogados defensores del imputado, aún resta conocer la postura definitiva de la Corte Suprema de la Nación.

 

 


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