El funcionario sostiene que el TSJ
debió apartarse de resolver un recurso de casación presentado
por los abogados defensores de Nicolás Rinaldi.
Neuquén
> El Procurador Fiscal ante la Corte Suprema de la Nación,
Santiago González Warcalde, rechazó la intervención
del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén en las investigaciones
vinculadas con el asesinato de María Alejandra Zarza. Fuentes
judiciales aseguraron a La Mañana de Neuquén que la
intervención del Fiscal de la Nación no significó
abrir juicio alguno sobre la condena recaída contra Nicolás
Rinaldi y que solamente se analizó la actuación de algunos
integrantes del TSJ al momento de resolver un recurso de casación
presentado por la defensa del imputado.
Por el crimen de la mujer, Nicolás Rinaldi fue condenado a
la pena de 21 años de prisión.
El Fiscal dictaminó que el TSJ no habría actuado con
“imparcialidad objetiva” toda vez que si resolvieron un
recurso de casación contra la sentencia absolutoria de la Cámara
Criminal Dos, debieron abstenerse de conocer las impugnaciones dirigidas
contra la sentencia condenatoria, en este caso, de la Cámara
Criminal Uno.
En la concluyente opinión que fue girada a la Corte para resolver
la cuestión interpuesta oportunamente por los defensores del
incriminado, González Warcalde advierte una clara nulidad en
el procedimiento y abona su pensamiento citando reconocidos fallos
nacionales internacionales.
Además habría afirmado en el escrito que si el Tribunal
Superior de Justicia anuló el primer fallo, es obvio que no
corresponde que intervenga en el segundo y que resulta “absolutamente
necesario preservar el debido proceso”.
Los argumentos sostenidos por González Warcalde abren un ancho
camino para que la Corte -en el caso de compartir la postura del Fiscal-
obligue al TSJ neuquino a examinar el recurso de casación que
en su momento fuera rechazado por el máximo organismo judicial
de Neuquén.
El asesinato de María Alejandra
Según
la Justicia, Rinaldi fue el último en ver a María Alejandra,
luego de pasarla a buscar por su casa, en Neuquén.
Neuquén > La Cámara Criminal Uno,
por mayoría, condenó a Nicolás Rinaldi a la pena
de 21 años de prisión por el asesinato de María
Alejandra Zarza.
La joven, que trabajaba como empleada administrativa del Poder Judicial
de Neuquén, desapareció durante la noche del 19 de febrero
de 2002.
La mujer -en aquel entonces tenía 25 años- mantenía
una relación sentimental con Rinaldi y se encontraba embarazada
de ocho meses. Fue vista por última vez cuando Rinaldi pasó
a buscarla por su domicilio ubicado en pleno centro de la ciudad.
El cadáver de Zarza fue encontrado el 26 de febrero en una
laguna ubicada a unos 300 metros del puente que une Neuquén
con el paraje Balsa Las Perlas.
Los forenses del Gabinete del Poder Judicial determinaron que la joven
murió asfixiada por sofocación y se confirmó
que el feto de casi ocho meses le fue arrancado de su vientre.
Investigaciones y resoluciones
Neuquén
> Tras la muerte de María Alejandra, Nicolás
Rinaldi fue procesado con prisión preventiva y permaneció
dos años detenido hasta que fue llevado a juicio oral y público.
El ex Fiscal de Cámara Ricardo Mendaña pidió
20 años de prisión por considerarlo partícipe
del homicidio de la joven María Alejandra Zarza.
El 27 de abril del 2004, la Cámara Criminal Dos, por unanimidad,
lo absolvió y dispuso su libertad. Los magistrados Victor Andrade,
Emilio Castro y Cecilia Luzuriaga de Valdecantos coincidieron en señalar
que Rinaldi fue llevado a juicio como partícipe necesario de
homicidio y que su conducta no fue probada.
El Tribunal, en cambió, si demostró que la joven estaba
embarazada de casi ocho meses, que a las once de la noche del 19 de
febrero de 2002 Rinaldi y Zarza salieron del domicilio de la joven
y que el 26 de febrero fue hallado el cadáver de la joven en
una laguna de Las Perlas, sin rastros del embarazo.
La sentencia fue cuestionada severamente por el fiscal y la querella,
quienes presentaron un recurso de casación ante el Tribunal
Superior de Justicia.
El 17 de diciembre, el TSJ consideró los planteos del fiscal
y la querella, y anuló el juicio para ordenar la inmediata
detención de Rinaldi. También resolvió un nuevo
debate.
La Cámara Criminal Uno, para este caso en particular, fue integrada
por los magistrados Luis María Fernández y los jueces
Civiles Isolina Osti de Esquivel y Luis Emilio Silva Zambrano.
En una votación por mayoría, los magistrados condenaron
a Nicolás Rinaldi a la pena de 21 años de prisión
por ser culpable del delito de “homicidio simple en grado de
partícipe necesario con dolo eventual”.
El juez penal Fernández cuestionó la mayoría
de las pruebas aportadas por peritos, médicos y testigos a
lo largo del juicio y concluyó su exposición votando
por la absolución del imputado. Dijo además que no había
indicios claros de la participación de Nicolás Rinaldi
en el homicidio de María Alejandra Zarza.
Este segundo fallo contrario a Rinaldi impulsó la presentación
de un recurso de casación ante el TSJ, en este caso por sus
abogados defensores.
Intervención desafortunada
El requerimiento de los letrados impugnando el fallo fue rechazado
por el TSJ. Ante ello, y siempre ante el Tribunal, presentaron un
recurso extraordinario que también fue denegado por los magistrados.
Agotada todas las instancias, los abogados presentaron un recurso
de queja ante la Corte Suprema de la Nación, donde se hizo
lugar a lo solicitado e inmediatamente se corrió traslado al
Procurador General de la Nación para que se pronunciara sobre
el fondo de la cuestión.
Fue así que el Fiscal penal ante la Corte, Santiago González
Walcarde, dictaminó que si uno o más magistrados del
Tribunal Superior de Justicia de Neuquén anularon el primer
fallo para “preservar el debido proceso”, no corresponde
que intervenga en el segundo juicio.
Si bien el dictamen resulta “importante” para los abogados
defensores del imputado, aún resta conocer la postura definitiva
de la Corte Suprema de la Nación.
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