Una reforma para combatir las tomas

 
 
Roxana González, legisladora del MPN.
La diputada del MPN Roxana González presentó un proyecto de ley para que el Ejecutivo provincial pueda desalojar a sus ocupantes mediante la fuerza pública.


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  La iniciativa apunta, entre otras cosas, a prevenir futuros asentamientos precarios sobre tierras ubicadas dentro de los ejidos municipales.

Neuquén > Con el fin de prevenir y regularizar los asentamientos precarios y de disponer de la fuerza pública en la forma y modo que el Ejecutivo considere más oportuno para desalojar a los ocupantes de tomas, la diputada del Movimiento Popular Neuquino (MPN) Roxana González presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 29 de la norma provincial 263, correspondiente a Tierras Fiscales.
“La reforma apunta, entre otras cosas, a prevenir futuros asentamientos precarios sobre tierras que estuvieran libres de mejoras, ubicadas dentro de los ejidos municipales”, explica la fundamentación de la iniciativa.
Su modificación se basa en anexar el artículo 29 bis, tercero y cuarto a la ley existente, los cuales establecen que la Dirección de Tierras deberá realizar un relevamiento de los inmuebles existentes en los ejidos urbanos de los municipios de la Provincia para reglamentar la nueva normativa.
Además, insta a proceder al cerramiento perimetral de los inmuebles coordinando acciones con el Ministerio de Desarrollo Social, y a vigilar y custodiar los mismos por el Ministerio de Justicia, Trabajo y Seguridad.
Los fundamentos del proyecto presentado por González dicen: “En vistas de las declaraciones públicas efectuadas por el gobernador Jorge Sapag, en cuanto a lo poco correcto de la toma de tierras, consideramos oportuno incluir un párrafo al actual artículo 48 de la Ley de Tierras Fiscales, el que prevé que en caso de efectivizarse un asentamiento precario sin autorización previa de la autoridad de aplicación, podrá utilizarse la fuerza pública para el inmediato desalojo del inmueble en concordancia con lo ya establecido -como un derecho de los particulares- en el Código Civil, artículo 2.470, pero ahora como un derecho del Estado provincial”.
Y argumenta esta modificación en que en un estado de derecho “está proscrito el uso de la violencia por parte de los particulares, aún cuando sea para “tomar” y “ocupar” un inmueble en procura de obtener un lugar para construir una vivienda”.

Regularización
La ley también articula la regularización de tomas sobre tierras fiscales provinciales y se insta a los municipios a individualizar los ocupantes y delimitar con tecnología GPS los lotes ocupados, otorgar tenencia precaria de ocupación a fin de quedar habilitado para obtener la prestación de los servicios públicos esenciales.
Luego se dará intervención al municipio donde está ubicado el asentamiento para que actúe en los lineamientos urbanísticos, en la mensura y la adjudicación en venta según los precios, plazos y garantías que determine la reglamentación.
También se autoriza la toma de decisiones consultas entre Provincia y el Municipio para reubicar el asentamiento si fuera necesario.
Establece que en caso de constatar una nueva toma se deba “proceder en defensa de la propiedad y posesión de la Provincia”, y a disponer de la fuerza pública para el desalojo de los ocupantes.
La argumentación expresa que “más aún cuando existen personas que cumplen con los procedimientos formales, a fin de obtener un lote o una casa para vivir (esperando algunos pacíficamente y sin lesionar los derechos de los demás meses o años) y con razón se ofuscan al ver este tipo de hechos, viendo como infructífero el seguimiento de los procedimientos formales para obtener una vivienda, y optando por ende, por ir directamente y ‘tomar’ u ‘ocupar’ de hecho un lote”.
Con su argumento, González cree que las limitaciones y el uso eventual de la fuerza pública “deberá ir acompañado de una política pública que tienda a paliar la crisis habitacional que se vive en la sociedad, pues esta es una de las causas de que se haya producido tanta cantidad de asentamientos”.

 

 


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