Se les atribuyó la figura de
“promoción y facilitación de la prostitución
de menores de 18 años”, delito que no permite su excarcelación.
Neuquén > El juez de instrucción
Marcelo Muñoz, procesó ayer con prisión preventiva
al propietario y dos encargados de un pub en cuyo interior fueron
encontradas tres menores ejerciendo la prostitución. Además,
ordenó embargar los bienes de cada uno hasta cubrir la suma
de 50 mil pesos. En el extenso escrito, al que este diario pudo acceder,
se señaló que las víctimas-dos hermanas y una
prima- prestaban servicios sexuales en ese boliche; que algunos “clientes”
habrían advertido que se trataba de menores, y que dos de ellas,
de 15 y 16 años, se encontraban desnutridas.
Muñoz les atribuyó a Dante Neira, Susana Jaramillo y
Héctor González el delito de “promoción
y facilitación de la prostitución de menores de 18 años”,
figura que no permite su excarcelación.
Los hechos investigados habrían ocurrido entre los primeros
días de marzo y el 2 de junio de 2007 en el local “Drake
Pub”, de Alaska 7465 que atendía al público entre
la medianoche y las 7.
“La conducta reprochada consistió en al menos haber facilitado
el lugar físico para el encuentro con clientes; establecido
como pauta comercial que las menores –para acceder a dialogar
con los parroquianos- debían ser invitados previamente con
bebidas por un monto mínimo de 20 pesos, dinero del cual (las
menores) recibían una comisión; ofrecerles a los clientes
tener relaciones sexuales con las menores; mantener contacto con las
víctimas mediante el uso del teléfono celular una vez
que éstas se retiraban a llevar a cabo el comercio sexual”.
Pruebas
La comprobación de la situación, además de las
tareas previas de investigación que incluyó filmaciones
e interceptaciones telefónicas, la aportaron dos efectivos
policiales que el 2 de junio se hicieron pasar por clientes y salieron
de “Drake” con las dos menores hacia un hotel. A los pocos
metros los esperaban la fiscal Sandra González Taboada.
De acuerdo con el descargo de los imputados, Neira señaló
que la licencia comercial del boliche se encuentra a nombre de su
hermano, y que a Jaramillo y a González les alquilaba las dos
barras del interior del pub. Pero los tres señalaron desconocer
que las jovencitas son menores de edad. Incluso dos de ellas, vivían
en el domicilio de Jaramillo en Plottier.
El juez hizo constar en procesamiento que Jaramillo fue quien llevó
a las dos hermanas a trabajar al cabaret, y que Neira no solicitó
la documentación personal de las flamantes incorporaciones.
Pero aseguró que Jaramillo “no podía desconocer”
la edad de las jovencitas, debido a que durante uno de los allanamientos
realizados en su casa de Plottier, la policía secuestró
el DNI de la menor.
A Neira lo responsabilizó como dueño del local. Además
las menores –al declarar en una Cámara Gesell- así
lo sindicaron. Y el día del allanamiento tenía en su
poder más de 1.800 pesos producto de lo recaudado en concepto
de tragos y servicios sexuales de las adolescentes.
González, al igual que Jaramillo, fue detenido mientras atendía
una de las dos barras concesionadas. Tenía en su poder dinero
de la recaudación y un cuaderno con anotaciones de gastos y
actividades de las chicas. Además, fue quien efectuó
la “entrevista laboral” a una de las menores que se incorporaron
al pub en calidad de “coperas”.
Peligro de fuga
En el escrito de procesamiento, el juez explicó las
causas del dictado de la prisión preventiva a los tres detenidos.
Neuquén > “Teniendo en cuenta que
el delito atribuido prevé una escala penal en abstracto cuyo
mínimo supera ampliamente el término previsto para la
aplicación de una pena de ejecución condicional, como
así también las características de los hechos
investigados, puede concluirse que, en caso de recaer condena en estos
actuados, la misma será de cumplimiento efectivo. Tales circunstancias,
me autorizan sin más a ordenar la prisión preventiva
de los nombrados” señaló Muñoz en su escrito,
al justificar el dictado de la prisión preventiva de Dante
Neira, Susana Jaramillo y de Héctor González.
Y agregó: “A ello se debe sumar la dificultad y reticencia
para la concurrencia de las diferentes prostitutas que se desempeñaban
en el local, y dado tal tipo de actividad y el rol que ocupaban cada
uno de ellos en lupanar, me permiten presumir fundadamente, conformes
las reglas de la experiencia común, que en caso de disponer
su soltura, podrían entorpecer las investigaciones”.
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