En Neuquén, existe un incremento
de averiguaciones por parte de los empleadores y empleadas del rubro.
Neuquén > La campaña de concientización
que lleva adelante la Administración Federal de Ingresos Públicos
(Afip) desde diciembre de 2005 y que busca regularizar el trabajo
del servicio doméstico, arroja diariamente resultados importantes.
Si bien desde el organismo regulador no manejan cifras regionales,
los índices de consultas e interés marcan una fuerte
demanda y compromiso, tanto de los empleadores como de los empleados
neuquinos.
«Notamos que existe un amplio número de empleados en
este rubro que están en negro. Es a raíz de ello que
surgió esta campaña para concientizar la regularización
del trabajo. Y si bien no se pueden dar números, podemos decir
que ha existido un importante interés por conocer los pasos
para regularizar a sus empleados, lo cual es un paso demasiado interesante»,
destacaron fuentes oficiales de la Afip Neuquén.
Blanca Benítez, empleada doméstica desde hace 30 años,
consideró importante la iniciativa a tal punto que notó
un cambio en la conciencia de sus tres empleadores, quienes comenzaron
a interiorizarse para regularizar su situación.
«Somos muchas las mujeres que trabajamos en condiciones magras
desde hace tiempo, y es muy bueno que nuestros empleadores tomen conciencia
de nuestra situación y trabajen para marcarnos un mejor futuro»,
remarcó Blanca.
«Me parece bien la medida iniciada por la Afip, pero es necesario
que nuestros empleadores se pongan al día, y que quienes ofrecemos
diariamente el servicio les exijamos que nos pongan en blanco y regularicen
nuestra labor como se debe de cara a tener una digna jubilación»,
agregó.
Fuerte demanda
La ley que reglamenta el nuevo régimen especial para el servicio
doméstico es la 25.239. Esta ley fue establecida para
el régimen especial de seguridad social para empleadas del
servicio doméstico y se aplicó a partir de abril
del 2000.
La diferencia con el régimen anterior es que este es un
régimen en el que hay un dador de trabajo y se compone
cuando la persona trabaja más de seis horas semanales para
un mismo empleador. La misma tomó fuerza a partir del año
pasado, cuando se le imputaron algunas reformas referidas a la búsqueda
de conciencia tanto de los empleadores como del empleador.
«Desde la Afip hemos iniciado una fuerte campaña de concientización
para regularizar el servicio doméstico. La iniciativa y el
objetivo no es apuntar a la recaudación, sino lo contrario.
Buscamos que quienes brindan este servicio tengan obra social y en
un futuro dispongan de una jubilación», remarcaron desde
el organismo de esta ciudad.
El trabajo doméstico es el principal generador de puestos de
trabajo para mujeres con bajo o mediano nivel de educación
(es la fuente de ingresos de dos de cada siete) y representa el 17
por ciento del empleo total femenino, según datos del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (Indec). Y se considera que
en esta actividad hay cerca de 900 mil mujeres informales sin ningún
tipo de aportes. Por lo que hablamos de un servicio que día
a día crece de manera considerable y abarca tanto a mujeres
como hombres; e involucra actividades tales como mucamas, niñeras,
cocineros, jardineros, caseros y dama de compañía, entre
otros. Es a partir de acá que nace la obligación de
parte del empleador de pagar los aportes y jubilaciones correspondientes.
Incremento Nacional
Según datos oficiales, la Administración Federal de
Ingresos Públicos ha blanqueado a 48 mil empleados del servicio
doméstico desde la vigencia del régimen voluntario de
la ley que otorga a ese personal la posibilidad de acceder a aportes
jubilatorios y las prestaciones de obra social, en idéntica
situación que un trabajador en relación de dependencia.
La Afip tiene hoy registrados 106 mil trabajadores del sector del
servicio doméstico, lo que significa una mejora del 83 por
ciento, desde la sanción de la norma.
En conferencia de prensa, el titular de dicha entidad, Alberto Abad,
consideró de «excelentes los resultados», al señalar
que se trata de un régimen de adhesión voluntario. Y
recordó que está en vigencia la resolución por
la cual el trabajador doméstico puede elegir entre 200 obras
sociales, por un aporte mensual de 59,44 pesos, accediendo a las prestaciones
del Programa Médico Obligatorio y servicios de alta complejidad
médica.
La definición dada por Abad en relación a la vigencia
de esta campaña está dentro de los carriles deseados
no sólo por la Afip, sino más que nada por quienes desempeñan
la labor de empleados domésticos.
Pasos y recomendaciones
Los interesados por cumplir con el deber nacional, dberán
retirar, en primer lugar, el Cuil presentando el DNI en el Anses.
Con este trámite y el nuevo formulario 102 completo, el empleador
deberá dirigirse a alguna sucursal bancaria o rapipago y abonar
las contribuciones y aportes correspondientes a cada empleado de acuerdo
a la cantidad de horas de horas de servicio que preste.
Los formularios se pagan por mes vencido y debe abonarse antes de
cada día 10.
Remuneraciones mínimas para empleados
Según la resolución 314 correspondiente al ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nacional, publicada a finales
del mes de abril, se fija para este año las remuneraciones
mensuales mínimas para el personal doméstico, en base
a las diferentes categorías. Los montos publicados establecen
una suba del 14 por ciento en los salarios del sector.
De esta forma, la retribución mínima por hora de trabajo
quedó estipulada en 3,90 pesos y se establece que los trabajadores
de 14 a 17 años percibirán una cifra mensual mínima
de 512 pesos.
En la primera categoría que contempla institutrices, preceptores,
gobernantes, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía
y nurses, se abonarán 630 pesos mensuales.
La segunda categoría incluye cocineros especializados, mucamas
especializadas, niñeras especializadas, valet y porteros de
casas particulares, quienes recibirán un monto mínimo
de 585 pesos mensuales.
La tercera categoría, integrada por empeladas, cocineros,
mucamas, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo,
ayudantes caseros y jardineros, recibirán 571 pesos.
La cuarta incluye a aprendices en general de 14 a 17 años
de edad, quienes percibirán un total de 512 pesos.
La quinta agrupa al personal con retiro que trabaja ocho horas o
más, diariamente, y se establecen dos ítems: el primero
hace mención al cobro mensual de $512; y el segundo, $3,90
por hora.
Mientras que para retribución mínima en casa particulares,
lavandera, planchadora y personal de limpieza, se estableció:
Por una labor máxima de cuatro horas, se debe cobrar un total
de $256.
Y cada hora que exceda las cuatro horas diarios $3,90.
Lo establecido
Dentro del monto que la persona paga hay aportes y contribuciones,
y deben ser regularizados todos aquellos que trabajen seis o más
horas por semana bajo la tutela de un mismo empleador.
El aporte va destinado a la cobertura médica obligatoria, debido
a que consta de una obra social. Mientras que las contribuciones van
destinadas al régimen de reparto que en un futuro le permite
el acceso a la jubilación, y hace referencia a un dinero que
debe aportar el dador de trabajo. Es decir, que en caso de que el
empleado trabaje 16 horas o más por semana alcanza los $35
que van a la jubilación. La diferencia para completar los 59,44
es un aporte que debe hacer la persona que presta el servicio a efectos
de tener los beneficios de una obra social que serían de $24,44.
Esto es una obligación de cumplimiento mensual, es decir que
una vez que vence la orden de pago, que sería el diez de cada
mes, el dador de trabajo ya estaría incumpliendo con la obligación.
Si el dador del servicio aporta menos de esta última cantidad,
el trabajador deberá completar lo que falta para acceder a
una obra social.
De ser regularizado, el sistema de abono es el siguiente:
a) De 6 a menos de 12 horas se paga $8 de aportes del trabajador y
$12 de contribución del empleador;
b) De 12 a menos de 16 horas, $15 de aportes del trabajador y $24
de contribución del empleador; y
c) De 16 a más horas semanales, $24,44 correspondientes a aportes
del trabajador y $35 contribución del empleador
Trabajo por horas: cada hogar hace su aporte; la empleada debe sumar
$ 59,44 para acceder a los beneficios (puede poner ella el resto si
falta).
No es necesario que el dador de trabajo sea identificado.
Con el CUIL del trabajador (el cual lo obtiene en ANSeS concurriendo
con el documento de identidad), se paga en bancos, cajeros o pago
fácil.
Al abonarlo, se le entregan dos tickets (uno para el empleador y el
otro para el trabajador). Con ese ticket el empleado puede optar por
cuatro obras sociales.
Llegada a la edad necesaria para obtener una jubilación, la
persona percibe una jubilación mínima y accede a la
cobertura del PAMI.
Si empieza a aportar desde los 40 o 50 años de edad, hay mecanismos
para computar dos años por uno a partir de los 60 y otras variantes.
En este caso, será necesario consultar cómo hacer los
trámites pertinentes.
Sumando voluntariamente $22,22, el trabajador puede incorporar a
la obra social a su grupo familiar primario.
Los formularios pueden obtenerse en las centrales de la Afip, o
bien pueden sacarse desde la página oficial de la Administración
Federal de Ingresos Públicos: www.afip.gov.ar
Y cada hora que exceda las cuatro horas diarios, el trabajador deberá
percibir la suma de $3,90 extras.
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