Además, en forma paralela
al procesamiento, se ordenará una tercera pericia, pedida por
la empresa involucrada.
San Carlos de Bariloche > El juez Miguel Ángel
Gaimaro Pozzi definió ayer que en el accidente de la aerosilla
del cerro Catedral, que afectó a 17 turistas hubo una «cadena
de omisiones», desde las responsabilidades de los operarios
hasta los directivos de la firma que gerencia el cerro Catedral.
«Acá hubo operarios que manipularon el corrimiento, supervisores
que omitieron supervisar la tarea, representantes técnicos
que no actuaron y el dueño de la firma, todos participaron
de una cadena de omisiones en sus responsabilidades», dijo ayer
el juez, tras dictar el procesamiento para seis personas de la concesionaria
del Catedral, entre ellas, al actual presidente Juan Cruz Varela.
En diálogo con este diario, el magistrado abundó en
los detalles en los que se basó para procesar a dos operarios,
dos supervisores, el ingeniero responsable de la parte técnica
del cerro y al ex vicepresidente y actual presidente de la empresa,
Juan Cruz Varela.
Nueva pericia
Además, el juez anticipó ayer que se dispondrá
de una nueva pericia, a pedido de la concesionaria del cerro, por
el accidente de la aerosilla cuádruple ocurrido en agosto del
2004, y que afectó a un grupo de 17 turistas que utilizaban
el medio de elevación.
En forma paralela, los seis procesados por el magistrado tienen desde
el martes un plazo de tres días para apelar la decisión
judicial que les atribuyó responsabilidad en el delito de lesiones
graves y leves contra trece personas que sufrieron el desprezndimiento
de las aerosillas.
La tercera pericia en cuestión correría en forma independiente
a la oficial pedida por la Justicia y a la encargada por la empresa
Alta Patagonia, ya que éstas difieren en sus conclusiones.
La oficial habla de la falla en las mordazas y en lo referente al
mantenimiento, mientras que la de la empresa atribuyó un error
en la entrega de los materiales de parte de la firma fabricante, una
emprea estadounidense denominada Garaventa.
La empresa
Según la empresa involucrada «el deslizamiento de las
mordazas no fue consecuencia de un defectuoso mantenimiento por parte
de la empresa, sino que corrió por exclusiva responsabilidad
de la empresa proveedora, fabricante e instaladora del medio de elevación,
que incurrió en algunos errores en la provisión de los
elementos y en la provisión de las instrucciones para la operación
del equipo provisto».
Al respecto Gaimaro Pozzi aclaró ayer que estas conclusiones
no fueron desechadas, si no que se incluyeron en la causa, pero que
en base a los testimonios que tomó «descarté como
causal de responsabilidad a firma que figura como la fabricante de
los materiales».
En los seis procesamientos dijo que «existe la misma responsabilidad
con distintos grados de autoría», quienes se encuadran
en el artículo 94 del Código Penal y a quienes les correspondería
una pena de un mes a tres años de prisión.
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