Una jueza declaró inconstitucional
la norma que permite al Estado controlar las comunicaciones por Internet.
Buenos Aires (Télam) > Una jueza
declaró ayer inconstitucional a la ley que autorizó
al Estado a ejercer ciertos mecanismos de control sobre las comunicaciones
privadas, especialmente los contactos a través de Internet,
dijeron fuentes judiciales.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland
dictó el fallo a partir de un amparo presentado por Ernesto
Halabi, quien denunció que la ley 25873 «autoriza la
intromisión (en las comunicaciones) sin determinar casos, ni
justificativos y sin garantizar la debida intervención judicial».
Halabi añadió que el decreto 1563/04, reglamentario
de la norma objetada, autoriza a la Secretaría de Inteligencia
del Estado «a interceptar, escuchar y grabar comunicaciones
privadas sin orden judicial previa».
Falencias
Tras reseñar la tensión entre la aparición de
nuevos métodos de comunicación y la protección
del derecho a la intimidad, Heiland deploró que el Congreso
argentino no hubiera debatido la cuestión.
Recordó que hubo anuncios del Gobierno acerca de la derogación
de la norma, no obstante lo cual «mantiene a la fecha de plena
vigencia».
Varios de los aspectos de la ley, apuntó Heiland, «ostentan
graves y manifiestos vicios de inconstitucionalidad». «No
encuentro otra forma de salvaguardar los derechos y/o garantías
constitucionales aquí vulneradas», agregó.
«Y no la encuentro», dijo la jueza, por «la presencia
de palmarias omisiones en el texto de la ley, las que contribuyen
a tornarla manifiestamente irrazonable e incongruente con nuestro
sistema constitucional».
Constitución
Heiland recordó que el artículo 18 de la Carta Magna
garantiza la inviolabilidad de la correspondencia epistolar y papeles
privados. |