En 1993, Decker fue sentenciado a reclusión
perpetua y trasladado a una cárcel de Buenos Aires.
Neuquén > El ex gendarme
Gustavo Hérnán Sánchez Decker, a través
de su abogada, reclamó al juez Federal de Ejecución
Penal, doctor Eugenio Krom, se practique un nuevo cómputo de
pena a favor del condenado. En caso de que el requerimiento resultara
favorable, el individuo podría recuperar su libertad.
El día 1 de febrero de 1993, Sánchez Decker fue sentenciado
por el Juzgado Federal de Neuquén a la pena de reclusión
perpétua por el asesinato de un matrimonio de turistas argentinos
que regresaban hacia Buenos Aires, por el paso internacional Cardenal
Samoré.
La letrada, Viviana García Sierra, sostiene en el planteo que
la Corte Supema de Justicia de la Nación, en un fallo pronunciado
el 22 de febrero último, estableció que la pena de reclusión
debe considerarse virtualmente derogada por la ley 24.660 de ejecución
penal.
No hay difrencias
En ese sentido, la profesional entiende que no existen diferencias
en su ejecución con la pena de prisión, por lo que,
justifica plenamente que, en este caso, el juez de Ejecución
Penal realice un nuevo cálculo sobre el castigo recaído
contra su cliente Sánchez Decker.
El delincuente permaneció varios años detenido en la
U-9 de esta ciudad y fue trasladado a una unidad penal de máxima
seguridad de Buenos Aires.
Fuentes judiciales responsables informaron que el requerimiento es
objeto de un profundo análisis por parte del Juez Krom.
La intervención del magistrado es absolutamente personal, es
decir no interviene el tribunal, por lo que se indicó que agotará
los tiempos procesales que el Código Penal contempla para resolver
casos como el descripto.
El doble homicidio
Se sabe que el ex gendarme el día 20 de febrero de 1988 se
encontraba cumpliendo con sus tareas laborales en el paso fronterizo
Cardenal Samoré, anteriormente Puyehue. Y que aproximadamente
a las 14 llegó al lugar desde Chile un vehículo ocupado
por Horacio Guerrero y Gloria Echenique.
La pareja regresaba hacia la ciudad de Lomas de Zamora, luego de permanecer
de vacaciones durante 15 días en el vecino país.
Pudo saberse que luego de cumplir con la revisión de documentación,
el matrimonio habría mencionado la idea de llegar hasta el
cruce del camino de los Siete Lagos, y que el gendarme se habría
ofrecido gentilmente.
Sin embargo, poco después lo habría amenazado con el
arma reglamentaria y obligó a Guerrero desviarse hacia un costado
de la ruta para internarse en zona boscosa de muy difícil acceso.
Criminal
Guerrero fue atado con una soga a un árbol, donde prácticamente
fue ejecutado de un balazo en la cabeza. Su esposa también
fue reducida y ultimada de dos disparos, el útimo le perforó
el cráneo.
Las investigaciones realizadas en aquel entonces por el fiscal de
primera instancia Balboa determinaron que la mujer se resistió
a ser violada y mordió al asesino en uno de mano, causándole
una herida que también fue considerada como prueba a la hora
de merituar la setencia.
Finalmente cubrió los cuerpos con matorrales y abandonó
el área en el rodado del matrimonio y continuó desempeñándose
en sus funciones en forma normal.
El doctor Balboa, en la requisitoria fiscal, sostuvo también
que se había probado la responsabilidad penal del gendarme
en el crimen de Guerrero y Echenique.
Remarcó que en toda la prueba colectada no existió ningún
indicio de que en el momento del hecho haya intervenido más
de una persona.
Los proyectiles
Balboa señaló que el proyectil encontrado en el cráneo
de Guerrero fue disparado por la pistola calibre 9 milímetros
de Sánchez Decker y que la mujer recibió un balazo en
el brazo y otro en la cabeza. Agregó que en el lugar del hecho
fueron encontradas dos vainas disparadas por el arma del condenado.
El homicida fue detenido 45 días después cuando se movilizaba
en el automóvil de la pareja. En el procedimiento Decker, no
pudo explicar su tenencia.
Finalmente, el 1 de febrero de 1993, la jueza Federal Margarita Gudiño
de Arguelles condenó al cruel asesino a cumplir la pena de
reclusión perpetua con la accesoria por tiempo indeterminado,
por ser penalmente responsable de homicidio calificado, tentativa
de violación y por el robo de automotor, en concurso real. |