Un proyecto de ley prevé tipificar
en el Código Penal a la desaparición forzada de personas.
La iniciativa obtendría dictamen favorable esta semana.
Buenos Aires (Télam) > La desaparición
forzada de personas podría quedar tipificada como delito en
el Código Penal si se aprueba en la Cámara de Diputados
un proyecto que en ese sentido se debate en la comisión de
Legislación Penal, y que podría tener dictamen favorable
esta semana.
El proyecto, presentado por la diputada justicialista de Entre Ríos
Rosario Romero, tiene el consenso de los legisladores que integran
el cuerpo, quienes acordaron avanzar esta semana en el dictamen de
la iniciativa para incorporar la desaparición forzada de personas
como delito tipificado por el Código Penal.
Fuentes parlamentarias reseñaron que la decisión de
tipificar la figura de desaparición forzada de personas responde
a un compromiso internacional que la Argentina suscribió con
la Organización de Estados Americanos (OEA) para otorgar jerarquía
constitucional a este delito.
«La desaparición forzada de personas ha sido una lamentable
realidad del terrorismo de Estado y que en nuestro país sufrimos
especialmente en la década del ’70 e incluso hasta la
restauración democrática y todavía aquellos que
lo cometen quedan impunes», sostuvo la diputada Rosario Romero.
Si bien la iniciativa original establece una pena de 10 a 25 años
de prisión o inhabilitación absoluta y perpetua para
quien privara de la libertad a una o más personas, la intención
de los diputados es aumentar esas condenas y establecer penas de prisión
perpetua.
La idea de elevar las penas por este tipo de delitos fue debatida
en la última reunión de la comisión de Legislación
Penal, donde los diputados acordaron analizar a través de los
asesores la posibilidad de establecer, en cambio, la prisión
o reclusión perpetua y la inhabilitación absoluta.
También contempla penas para aquellos funcionarios que se negaran
a reconocer dicha privación de libertad o informar sobre el
paradero de la persona, al establecer que de esa manera se «impide
el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales
pertinentes».
ONU
En el ámbito internacional, las Naciones Unidas aprobaron en
1992 una declaración que establece que los Estados actuarán
para contribuir con los medios necesarios para «prevenir y eliminar
las desapariciones forzadas» y exhorta a «tomar medidas
legislativas o judiciales» para erradicar este delito.
La autora del proyecto consideró además en los fundamentos
que «resulta inconcebible que, luego de 20 años de democracia
y siendo innegable la naturaleza que el delito de lesa humanidad tiene
la desaparición forzada de personas, aún la ley penal
no contenga la tipificación del injusto». |