Al Código Penal, tras 28 años

 
 
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  Un proyecto de ley prevé tipificar en el Código Penal a la desaparición forzada de personas. La iniciativa obtendría dictamen favorable esta semana.

Buenos Aires (Télam) > La desaparición forzada de personas podría quedar tipificada como delito en el Código Penal si se aprueba en la Cámara de Diputados un proyecto que en ese sentido se debate en la comisión de Legislación Penal, y que podría tener dictamen favorable esta semana.
El proyecto, presentado por la diputada justicialista de Entre Ríos Rosario Romero, tiene el consenso de los legisladores que integran el cuerpo, quienes acordaron avanzar esta semana en el dictamen de la iniciativa para incorporar la desaparición forzada de personas como delito tipificado por el Código Penal.
Fuentes parlamentarias reseñaron que la decisión de tipificar la figura de desaparición forzada de personas responde a un compromiso internacional que la Argentina suscribió con la Organización de Estados Americanos (OEA) para otorgar jerarquía constitucional a este delito.
«La desaparición forzada de personas ha sido una lamentable realidad del terrorismo de Estado y que en nuestro país sufrimos especialmente en la década del ’70 e incluso hasta la restauración democrática y todavía aquellos que lo cometen quedan impunes», sostuvo la diputada Rosario Romero.
Si bien la iniciativa original establece una pena de 10 a 25 años de prisión o inhabilitación absoluta y perpetua para quien privara de la libertad a una o más personas, la intención de los diputados es aumentar esas condenas y establecer penas de prisión perpetua.
La idea de elevar las penas por este tipo de delitos fue debatida en la última reunión de la comisión de Legislación Penal, donde los diputados acordaron analizar a través de los asesores la posibilidad de establecer, en cambio, la prisión o reclusión perpetua y la inhabilitación absoluta.
También contempla penas para aquellos funcionarios que se negaran a reconocer dicha privación de libertad o informar sobre el paradero de la persona, al establecer que de esa manera se «impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes».

ONU
En el ámbito internacional, las Naciones Unidas aprobaron en 1992 una declaración que establece que los Estados actuarán para contribuir con los medios necesarios para «prevenir y eliminar las desapariciones forzadas» y exhorta a «tomar medidas legislativas o judiciales» para erradicar este delito.
La autora del proyecto consideró además en los fundamentos que «resulta inconcebible que, luego de 20 años de democracia y siendo innegable la naturaleza que el delito de lesa humanidad tiene la desaparición forzada de personas, aún la ley penal no contenga la tipificación del injusto».

 

 


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